Estimados Colegas
El día lunes 06/02/23 nuestro Consejo mantuvo una reunión con la Dirección de Inspección Laboral y el Ministerio de Trabajo de la provincia.
Desde el Consejo asistieron nuestro presidente, Lic. Federico Rueda, el coordinador de la Comisión de Laboral Santiago Bordón, y otros tres colegas: Lic. GP Gustavo Moya, CPN Cristina Vazquez y CPN Marcos Kon.. Por parte del Ministerio de Trabajo asistió la abog. Virginia Guzmán, el abog. Luis Ponzo Florimonte, y el encargado de TAD Catamarca.
En dicha reunión se trataron los siguientes temas vinculados con la implementación del Libro de Sueldos Digital (LSD) en nuestra provincia y la condonación de multas para rúbricas de Libros de Registro Único Art. 52 Ley 20744 (LRU) por deberes incumplidos al 31/12/22:
-Desde nuestra entidad se planteó la necesidad de aclarar en la normativa vigente ciertas cuestiones que hacen a la operatoria el sistema, tal como:
a) Debe expresarse en la norma que aquellos empleadores que al mes de diciembre de 2022 aún no se encuentran obligados al LSD AFIP, deberán solicitar de manera urgente la adhesión voluntaria al mencionado sistema.
b) Que la presentación del LRU de enero de 2023 sea realizada por TAD Catamarca para aquellos empleadores que recién tendrán habilitados el LSD a partir de febrero 2023.
c) Que aquellos empleadores que actualmente se encuentran en período de prueba para los meses de diciembre 2022, enero de 2023 y/o febrero de 2023, deberán generar el LSD de cada mes, bajarlo en PDF y presentarlo mediante TAD Catamarca, ya que AFIP elimina las liquidaciones que fueron efectuadas durante el período de prueba una vez transcurrido este.
d) Finalmente se le hicieron sugerencias de mejoras en el sistema de TAD Catamarca a fin de agilizar la carga y contemplar situaciones que no habían sido previstas por el organismo.
En cuanto a las dudas y consultas sobre esta temática debe ser obligatoriamente enviadas al email de la DIL que es dpinspeccionlaboralcat@gmail.com y si no se recibe respuesta de parte de ellos deberán comunicarse con nuestro Consejo al 3834961571
En cuanto a las presentaciones, adjuntamos cuadro resumen elaborado por Secretaría Técnica.
Adicionalmente, pueden ver los siguientes videos:
1) Taller de la DIL dictado el 31/01: https://www.youtube.com/watch?v=W05-tIbk1Uk
2) Resumen elaborado por Secretaría Tecnica para adherir al TAD Catamarca y al Libro Sueldos Digital: https://www.youtube.com/watch?v=-Z6NbqkkwMg
Finalmente, agregamos estas aclaraciones:
a) Ya no hay que ir presencialmente a la DIL para presentar nada en papel.
b) En todos los casos deben entrar a TAD Catamarca para adherir al domicilio electrónico. NO se recomienda constituir domicilio en CUIT de cada matriculado, sino realizarlo por cada empresa.
c) Si la empresa NO está obligada aún al LSD, deberé SOLICITAR A AFIP LA ADHESION VOLUNTARIA, y esperar a que lo aprueben. En este caso, la adhesión será a partir de Febrero de 2023, por lo cual el LRU de Enero de 2023 deberá ser enviado a la DIL mediante TAD Catamarca.
d) No suban archivos PDF de «solo lectura» o «firmados digitalmente» porque el TAD Catamarca se los rechaza
e) No intenten adjuntar los libros sueldos sin antes haber completado los 2 items que pide el TAD anteriormente a eso, sino les dará error (ya que al parecer el sistema primero debe saber si van a subir LRU o LSD)
f) Si la empresa está en periodo de prueba, muestra el borrador del F931 pero NO deja presentarlo (lo debe seguir presentando mediante Declaración en Línea).
g) Los plazos para presentar LSD AFIP (Enero 2023 en adelante) se toman también para DIL, por lo que si el LSD se presenta vencido el plazo de AFIP, la DIL aplicará sanciones.
h) Los libros de SAC 2da cuota 2022 y anteriores, deben presentarse por TAD C hasta el 31/03/2023.
Saludos
CPCE Catamarca