Se les recuerda que nuestro Consejo ha emitido recientemente la resolución 3451/18 mediante la que se adopta la RT 48 de FACPCE en la provincia de Catamarca.
En tal sentido, es importante comunicar que dicha RT será aplicada en nuestra jurisdicción sin modificaciones en su texto, tal cual este Consejo se comprometió en el Acta de Catamarca (2002) ratificada por el Acta de Tucumán (2013).
La importancia de esta RT 48 radica en que se aplica el modelo de Remedición a TODOS los activos no monetarios de TODOS los Entes, en forma obligatoria.
En ese sentido, se informa que los profesionales que realicen auditorias de EECC con cierre 31/12/17 o posterior (hasta el 30/12/18) deben controlar que los entes hayan aplicado dicha RT, salvo que se invoquen cuestiones de impracticabilidad (ver texto de la RT y/o de las guías) por dicho ente. En tal caso, el ente deberá practicar la Remedición en el próximo ejercicio. Al respecto, se recomienda leer la RT y la guía de aplicación práctica que se adjunta.
Para evitar observaciones en la Secretaría Técnica de este Consejo y las consecuentes demoras en el proceso de legalización, se sugiere que los matriculados que presenten sus EECC para legalizar se comuniquen con el área enviando un email a cpcecat@cpcecat.org.ar o llamando al fijo 4431185/4438794 interno 13, de Lunes a Viernes de 8 a 13 y de 17 a 21 hs.
También hemos previsto una capacitación al respecto, en fecha a informar próximamente.
Se adjunta a la presente:
1) Texto de la RT 48 – FACPCE
2) Factor de reexpresión de la RT 48
3) Guía práctica oficial de la RT 48 – CPN Jorge Gil (CENCYA/FACPCE)
Posteriores versiones de la guía se publicarán en https://www.facpce.org.ar/rt48-seccion.php
4) Colaboración del CPN Fernando Casals (CPCE San Luis)
4.1) Guía para aplicación de RT 48
4.2) Modelo de nota de impracticabilidad.
Saludos
Consejo Directivo
CPCE Catamarca